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Ley Karin

Ley Karin: prevención del acoso laboral y nuevas obligaciones

Por el equipo de GRCPlus · 5 de agosto de 2025 · 2 min de lectura

Ley Karin: prevención del acoso laboral y nuevas obligaciones

¿Qué es la Ley Karin?

La Ley N° 21.643, conocida como Ley Karin, fue publicada el 15 de enero de 2024 y entró en vigor el 1 de agosto del mismo año. Esta normativa representa un cambio estructural en la legislación laboral chilena al establecer mecanismos obligatorios de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.

Su nombre rinde homenaje a Karin Salgado, víctima de acoso laboral en el sector público, cuyo caso generó conciencia nacional sobre la necesidad de ambientes laborales más seguros y dignos.

Marco regulatorio y modificaciones clave

La Ley Karin modifica el Código del Trabajo y otras normativas como la Ley N° 20.607 sobre discriminación. Introduce una perspectiva de género y refuerza los deberes del empleador en materia de salud y bienestar laboral.

Conceptos clave

  • Acoso laboral: Puede darse por hechos reiterados o incluso un solo evento grave que menoscabe, humille o perjudique al trabajador.
  • Violencia de terceros: Se extiende la responsabilidad del empleador cuando el acoso proviene de clientes, usuarios o proveedores.
  • Deber de protección integral: Abarca no solo la salud física, sino también la salud mental y los riesgos psicosociales.

Reglamento asociado: Decreto Supremo N° 21

El DS N° 21, publicado el 17 de mayo de 2024, establece el contenido mínimo que deben incluir los protocolos internos de las empresas, así como los lineamientos de los procedimientos de denuncia e investigación.

¿Qué deben hacer las empresas desde agosto 2024?

La Ley Karin ya está vigente y todas las empresas en Chile deben cumplir con estas exigencias inmediatas:

1. Actualización del Reglamento Interno (RIOHS) o elaboración de Protocolo

  • Empresas con 10 o más trabajadores: deben modificar su RIOHS para incorporar el protocolo de prevención según DS N° 21.
  • Empresas con menos de 10 trabajadores: deben elaborar un protocolo específico y difundirlo al personal.

2. Capacitación obligatoria

Todo el personal debe ser capacitado en:

  • Contenido de la Ley Karin y su protocolo interno.
  • Medidas preventivas.
  • Canales de denuncia y cultura de respeto.

3. Procedimientos de denuncia e investigación

Las empresas deben contar con:

  • Canales confidenciales de denuncia.
  • Procedimientos con perspectiva de género.
  • Plazo de 30 días hábiles (prorrogable por otros 30) para cerrar la investigación.

4. Medidas de resguardo inmediatas

Se debe proteger a:

  • Denunciantes y testigos.
  • Separación de espacios, cambio de funciones o suspensión del presunto acosador (con goce de sueldo) durante la investigación.

5. Sanciones y término de contrato

  • El acoso comprobado constituye causal de despido justificado conforme al Código del Trabajo.

¿Cómo puede ayudarte GRCPlus?

La implementación de esta ley exige trazabilidad, documentación y rapidez en la gestión. Con GRCPlus, tu organización puede:

  • Diseñar protocolos conforme al DS N° 21
  • Automatizar canales de denuncia seguros y trazables
  • Monitorear plazos de investigación y medidas de resguardo
  • Mantener toda la documentación disponible para fiscalización
  • Capacitar a tus colaboradores desde la misma plataforma

Cumple la Ley Karin de forma eficaz, transparente y sin improvisaciones. Solicite una asesoría con GRCPlus.

Fuentes oficiales

Ver cómo GRCPlus gestiona la Ley Karin

Siga leyendo: Ley Karin: un nuevo estándar para la prevención del acoso y la violencia en el trabajo · Modelo de prevención del delito: cumplimiento estratégico bajo la Ley 20.393

¿Esta norma aplica a su organización?

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