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Ley Karin
Ley Karin: prevención del acoso laboral y nuevas obligaciones
Por el equipo de GRCPlus · 5 de agosto de 2025 · 2 min de lectura
¿Qué es la Ley Karin?
La Ley N° 21.643, conocida como Ley Karin, fue publicada el 15 de enero de 2024 y entró en vigor el 1 de agosto del mismo año. Esta normativa representa un cambio estructural en la legislación laboral chilena al establecer mecanismos obligatorios de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.
Su nombre rinde homenaje a Karin Salgado, víctima de acoso laboral en el sector público, cuyo caso generó conciencia nacional sobre la necesidad de ambientes laborales más seguros y dignos.
Marco regulatorio y modificaciones clave
La Ley Karin modifica el Código del Trabajo y otras normativas como la Ley N° 20.607 sobre discriminación. Introduce una perspectiva de género y refuerza los deberes del empleador en materia de salud y bienestar laboral.
Conceptos clave
Acoso laboral: Puede darse por hechos reiterados o incluso un solo evento grave que menoscabe, humille o perjudique al trabajador.
Violencia de terceros: Se extiende la responsabilidad del empleador cuando el acoso proviene de clientes, usuarios o proveedores.
Deber de protección integral: Abarca no solo la salud física, sino también la salud mental y los riesgos psicosociales.
Reglamento asociado: Decreto Supremo N° 21
El DS N° 21, publicado el 17 de mayo de 2024, establece el contenido mínimo que deben incluir los protocolos internos de las empresas, así como los lineamientos de los procedimientos de denuncia e investigación.
¿Qué deben hacer las empresas desde agosto 2024?
La Ley Karin ya está vigente y todas las empresas en Chile deben cumplir con estas exigencias inmediatas:
1. Actualización del Reglamento Interno (RIOHS) o elaboración de Protocolo
Empresas con 10 o más trabajadores: deben modificar su RIOHS para incorporar el protocolo de prevención según DS N° 21.
Empresas con menos de 10 trabajadores: deben elaborar un protocolo específico y difundirlo al personal.
2. Capacitación obligatoria
Todo el personal debe ser capacitado en:
Contenido de la Ley Karin y su protocolo interno.
Medidas preventivas.
Canales de denuncia y cultura de respeto.
3. Procedimientos de denuncia e investigación
Las empresas deben contar con:
Canales confidenciales de denuncia.
Procedimientos con perspectiva de género.
Plazo de 30 días hábiles (prorrogable por otros 30) para cerrar la investigación.
4. Medidas de resguardo inmediatas
Se debe proteger a:
Denunciantes y testigos.
Separación de espacios, cambio de funciones o suspensión del presunto acosador (con goce de sueldo) durante la investigación.
5. Sanciones y término de contrato
El acoso comprobado constituye causal de despido justificado conforme al Código del Trabajo.
¿Cómo puede ayudarte GRCPlus?
La implementación de esta ley exige trazabilidad, documentación y rapidez en la gestión. Con GRCPlus, tu organización puede:
Diseñar protocolos conforme al DS N° 21
Automatizar canales de denuncia seguros y trazables
Monitorear plazos de investigación y medidas de resguardo
Mantener toda la documentación disponible para fiscalización
Capacitar a tus colaboradores desde la misma plataforma
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